El SIP requerirá por segunda vez en una semana a Función Pública para que se respete la libertad sindical


El pasado martes ya tuvimos que exigir a la Dirección General de Función Pública que diera indicaciones a dos responsables de sendos centros de la Junta para que no limitaran la libre actividad sindical. Como suele ser habitual, no ha respondido, aunque dejábamos claro que acudiríamos al procedimiento jurisdiccional de tutela de los derechos fundamentales. En octubre de 2025 ya ganamos un juicio a la Junta por vulnerar, por varias vías, nuestra libertad sindical. 

Tres días después nos volvemos a encontrar con lo mismo: responsables de centros de la Junta que se creen con el derecho de restringir la actividad sindical a unos determinados horarios, a confinar a los delegados en espacios concretos o a impedir la inspección de las instalaciones. 

Volveremos a requerir a Función Pública para que cesen estos comportamientos antisindicales, que incumplen toda la legislación vigente al amparo de la Constitución Española, desde la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical hasta el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El SIP viene denunciando insistentemente estas conductas, como ya hemos informado en diversas ocasiones. 

Que se mantengan o intensifiquen con las elecciones sindicales recién convocadas reviste especial gravedad, y ya estamos explorando todas las vías jurídicas posibles para proteger nuestros derechos. 


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