En el Portal del Empleado de la Junta de Extremadura se publica CIRCULAR 2/2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se establecen criterios interpretativos con relación al régimen de disfrute del permiso regulado en la letra a) del artículo 48 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
CIRC 2_2026 PERMISO ART 48 a_ TREBEP v2










