Modificación V Convenio Personal Laboral Junta Extremadura: nuevos complementos y festivos especiales


En el Diario Oficial de Extremadura número 14, de esta misma fecha, se publica Resolución de 17 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Negociadora del V Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, en relación con la modificación del artículo 7.2 y el anexo V del citado V Convenio.

De manera que se establecen las retribuciones para festivos especiales, en la jornada normal de trabajo los días 24, 25 y 31 de diciembre
y el 1 de enero. También se considerarán noches retribuibles como festivos especiales, la que transcurre entre las 22:00 horas del día 24 de diciembre y las 08:00 horas del día 25 de diciembre y la que transcurre entre las 22:00 horas del día 31 de diciembre y las 08:00
horas del día 1 de enero.

En el Anexo V “Tabla Salarial del V Convenio Colectivo” se actualizan los importes en el apartado E) Complementos Específicos Especiales L1
“Turnicidad”, L2 “Nocturnidad” y L.4 “Domingos y festivos”, y se añaden los importes del L.4 Bis “Festivos especiales”. La actualización y abono de estos complemento se producirá de forma paulatina y sucesiva en 2023 y 2024 a fin de garantizar una adecuada integración y consolidación en el estado de gastos del presupuesto.

Modificación V Convenio Personal Laboral Junta Extremadura