Resumen del conflicto con interinos y temporales en un momento crucial de la batalla


En lo que respecta a la estabilización de interinos y temporales de la Junta de Extremadura, el Sindicato Independiente Progresista (SIP), es el único que ha mantenido siempre el mismo criterio, incluso desde antes de que se produjeran las primeras leyes y sentencias importantes: ninguna norma española cerraría este conflicto, que vendría clausurado desde la UE. En ese camino está. En el que marcamos en 2021.

Nos siguen llegando vuestras inquietudes, vuestras preguntas, vuestras dudas y sospechas sobre lo que proponen otros sindicatos, y hemos creído que es bueno realizar un resumen, pocos meses después de que el asunto haya acelerado en su posible resolución pero en plena batalla jurídica por ello (siempre dijimos que había que ahorrar esfuerzos y dinero para la lucha final, en la que ya estamos inmersos).

Os esquematizamos al máximo las últimas novedades, con enlaces a los comunicados en los que siempre os hemos informado puntualmente:

  1. En abril de este año el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publica la sentencia Obadal (asunto C-418/24), que pone definitivamente en su sitio a las Administraciones españoles por el incumplimiento de la Directiva 1999/70CE: solo caben la transformación en fijos de todos los temporales e indemnizaciones generalizadas, como sanción al abuso de temporalidad llevado a cabo en fraude de ley.
  2. Al mes siguiente, en mayo, el Tribunal Supremo español (TS), hizo una cabriola para mantener su bandera (los temporales no pueden funcionarizarse directamente) a pesar de tener que asumir la base de la sentencia Obadal: indemnizaciones para todos (por cese y por abuso de temporalidad aunque hayan estabilizado) y posibilidad de hacer fijos a una parte de los interinos. ¿Solo a una parte? Un voto particular de la sentencia 475/2026 del pleno de la Sala de lo Social del TS se negó a aceptar eso y aseguró que debe ser para todos.

El resumen de estos dos hitos de 2026 afecta a los dos asuntos cruciales de este conflicto:

  • Ya no hay vuelta atrás: habrá indemnizaciones para todo el que las exija, tanto por cese como por abuso de temporalidad aunque haya sido estabilizado.
  • La fijeza directa de interinos y temporales que aún no lo sean está avalada por el TJUE, y el TS solo ha hecho un imposible equilibrio temporal para evitar reconocerlo.

¿Cuál es el problema, entonces?

Que las Administraciones españolas no van a asumir nada de esto de oficio y hay que acudir a los tribunales. Y que este asunto no es para cualquiera en un tribunal: hay que conocerse al dedillo todo el conflicto desde su origen, hay que dominar el derecho comunitario y hay que ser un abogado de primer nivel. Pocos en España cumplen todas estas características.

Lo que aconsejamos a todos es lo que estamos haciendo nosotros mismos. Sería deshonesto aconsejaros algo distinto a lo que nosotros estamos haciendo: ponernos en manos de los mejores abogados del país para ganar los procesos. No es demasiado caro y merecerá la pena. Una mala reclamación ante la Administración os condenaría a perder el proceso completo, lo gratis os saldría caro. Ya os lo dejamos claro en el decálogo que publicamos en abril para que os sirviera de guía.

Nosotros hemos aconsejado a nuestros afiliados, que han tomado sus decisiones y les acompañaremos en todas las dudas, inquietudes y problemas que surjan durante el proceso. Están, estamos, en las mejores manos, y estamos seguros de que conseguiremos las mejores indemnizaciones. Además, quedan nuevos pronunciamientos del TJUE y de la Comisión Europea que también nos favorecerán.


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